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Polémico: sin un decreto, las ART "miran para otro lado" y no cubren enfermedades laborales clave

El comité consultivo aún no definió concretamente cuáles serán los padecimientos que se incorporará al listado. Las aseguradoras aún no las pagan
30/07/2013 - 13:58hs
Polémico: sin un decreto, las ART "miran para otro lado" y no cubren enfermedades laborales clave

El régimen de cobertura de siniestros que establece la Ley de Riesgos de Trabajo constituye una de las preocupaciones más importantes de los hombres de negocios.

Desde que en el 2004 la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) emitiera diversos fallos que "hirieron de muerte" al régimen, no alcanzaba con contratar un seguro para hacer frente a los litigios, dado que el monto de la reparación terminaba excediendo el importe asegurado.

Estos conflictos parecían haberse reducido luego de los cambios introducidos por el Congreso a fines del año pasado, cuando se aprobó la reforma a la vieja ley de riesgos laborales.

Sin embargo, a casi nueves meses de sancionarse la norma, crece la incertidumbre sobre los reclamos por las enfermedades que habían sido incluidas en el listado elaborado por el Poder Ejecutivo, pero que nunca fueron reglamentadas.

A pedido de gremios y empresarios, el Ministerio de Trabajo convocó en noviembre del año pasado al Comité Consultivo Permanente sobre la LRT, en donde se aprobó la inclusión de tres nuevas afecciones: hernias inguinales, várices y una de las clases de lumbalgia (artrosis lumbar).

El problema es que desde entonces el Ejecutivo nunca publicó el decreto que reglamenta los cambios. Y en la Argentina, sólo son reconocidas por las ART las enfermedades profesionales establecidas por ley y listadas en los Decretos Nº 658/96 y Nº 1167/03, en los cuales se especifican los agentes de riesgo, las enfermedades que provocan y las actividades que pueden generarlas.

"Algunos dicen que las ART no están cubriendo esas enfermedades aunque la UART afirma que sí. Por mi experiencia personal, no las cubren, no obstante aumentaron las alícuotas en un 40%", señaló a iProfesional, Héctor García, quien asistió a las reuniones del comité en representación de la CTA oficialista.

Esta semana la cartera laboral intentó reunir al comité mixto en dos ocasiones, pero los encuentros debieron ser suspendidos, según pudo saber este medio. 

Aparentemente, la discusión que traba la publicación del decreto se centra en que el sector privado exige precisar el tipo de várices a incluir, para limitar su aplicación a la menor cantidad de casos posibles.

Preocupación

Consultado por iProfesional, el especialista en derecho laboral y docente Alberto Charzman Birembaum indicó que "aun aprobada la nueva ley, persiste la preocupación de los empresarios por los reclamos judiciales que suelen recibir vinculados con dolencias y afecciones que no están contempladas en dicho listado".

En ese aspecto, remarcó que "la incorporación de las hernias sólo vale para las enfermedades aparecidas con posterioridad a la publicación de la modificación en el Boletín Oficial. Hasta ahora lo que hay es un acta acuerdo firmada en el Ministerio de Trabajo, pero es necesaria la modificación del decreto reglamentario de la LRT y su publicación" para que tenga validez.

Por otro lado, afirmó que si la reglamentación no es clara, podrá haber tantos requisitos para el pago de algunas enfermedades, como las hernias, que se convertirá en "un laberinto" que casi con seguridad desembocará en la necesidad de hacer un juicio laboral para sea el juez quien determine la existencia de la patología, el porcentaje de incapacidad, la relación de la enfermedad con el trabajo y el monto a ser indemnizado. 

Y disparó: "Como en ese listado no aparecen las hernias de disco, ni la lumbalgia, ni la protrusión, las ART simplemente contestan que la afección no es laboral. Así de simple".

A modo de ejemplo, señaló que sólo con el tiempo se podrá ver en qué situación queda el empleado que tiene una hernia de disco que no es artrósica (gente joven que tiene el problema por un golpe o un esfuerzo, pero no por degeneración o atrosis).

En tanto, Marcelo Aquino, socio del estudio Aquino-Báez, se mostró preocupado por las demoras que existen a la hora de definir o consensuar en el ámbito del Comité Consultivo Permanente la aprobación del listado de nuevas enfermedades profesionales.

"Ello permitiría, de acuerdo al criterio médico y judicial existente, incluir dentro del sistema a reclamos que hoy, por definición, están excluídos y provocan acciones civiles", sostuvo.

Pablo Serazin, gerente comercial de SMG Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA, indicó que "todos sabemos que el decreto reglamentario de la Ley 26.773 de Riesgos del Trabajo aún no se firmó, pero sabemos que están trabajando y tras su publicación se pondrá mayor claridad a un montón de puntos en donde hay controversias y dudas sobre cómo vamos a llevar adelante el nuevo marco normativo".

Según Serazin, hay ciertas enfermedades (como las várices) que van a empezar a entrar en niveles de discusión difíciles como el de descubrir el real origen de las mismas.

"Para nosotros es fundamental saber qué enfermedades y qué tratamiento específico se les va a dar en las comisiones médicas porque esto va a pegar fuertemente en la siniestralidad", concluyó.

En ese sentido, Horacio Schick, titular del estudio que lleva su nombre, explicó que "una parte significativa de las acciones judiciales se refiere a enfermedades laborales no reconocidas por las ART, ni por las comisiones médicas".

Asimismo, afirmó que ambas han sido renuentes a reconocer las enfermedades laborales que sufren los dependientes ya que menos del 2% de los siniestros son aceptados como tales.

Según este especialista, "llama la atención" que después de tanto tiempo no se haya publicado el decreto, lo que hace que se retrase el reconocimiento de las hernias inguinales, várices y lumbalgias.

cada uno de los sectores interesados en la modificación de la Ley de Riesgos del Trabajo tiene propuestas e intereses diferentes".

"El listado actual deja de lado una gran cantidad de afecciones que están vinculadas, por el hecho del trabajo. Esto perjudica tanto a los empleados, como a los empleadores y a las ART", indicó Minghini y concluyó: "Debe ampliarse y reconocerse lo que en la práctica ya es reconocido como enfermedad o accidente laboral".

Ampliación futura

En este contexto, vale recordar que la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) aprobó una nueva lista de enfermedades profesionales hace más de dos años que incluye una serie de afecciones profesionales reconocidas internacionalmente.

Algunas son causadas por agentes químicos, físicos y biológicos y otras son de origen respiratorio. También se incluyen a las de la piel, a los trastornos del sistema osteomuscular y al cáncer profesional.

Además, incorporaron trastornos mentales y del comportamiento y dejaron abierta la posibilidad de que se reconozcan orígenes profesionales a dolencias que no figuran en el listado en tanto se hayan establecido vínculos entre la exposición a los factores de riesgo -que resulte de la actividad laboral- y los padecimientos contraídos por el empleado.

Por otra parte, existen otras enfermedades ignoradas en la nómina argentina, que la Organización Mundial de la Salud (OMS) denomina enfermedades relacionadas con el trabajo, como por ejemplo aquellas vinculadas al estrés y a la fatiga (como agente iniciador del estrés).

En caso de que el listado fuera ampliado a futuro, Charzman Birembaum consideró que deberían incluirse los problemas psicológicos.

De esta manera, al estar contempladas normativamente, estarían cubiertas por la ART. Esto representaría un alivio para las empresas ya que previamente a un juicio, el empleado tendría la atención médica correspondiente y tendría una evaluación del riesgo a afrontar.

El especialista también aseguró que deberían incluirse padecimientos producto del mobbing o el acoso moral que son figuras que sólo la doctrina y la jurisprudencia han reconocido en la actualidad.Sin embargo, el sistema de Riesgos del Trabajo prevé que si existe una sospecha de que alguna enfermedad no listada es producida por el trabajo, se denuncie ante la ART y, en definitiva, las Comisiones Médicas sean las que decidan sobre la procedencia de la misma.