Aportes del empleo doméstico: ahora la AFIP publicó una "fe de erratas"
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) corrigió el texto de la resolución 3492, que en su redacción original disponía que se presumiría que quienes perciben ingresos de al menos $500.000 en un año, o bien tienen un patrimonio de $305.000 o mayor valor, cuentan con personal de servicio doméstico en su casa.
Con la fe de erratas publicada en su página web , el organismo aclaró que la presunción alcanzará a quienes ganen más de $500.000 y que, además, tengan un patrimonio de por lo menos 305.000 pesos.
En el texto publicado por el organismo se modifica la redacción para que la presunción no alcance a quienes tienen un patrimonio de $305.000 (sumando los bienes gravados y también los no gravados por el impuesto a los Bienes Personales), siempre que los ingresos sean inferiores a los $500.000 anuales.
El director de recaudación de la seguridad social, Carlos Sánchez, expresó, en igual sentido que la aclaración, que la medida se aplicará teniendo en cuenta sólo el parámetro de ingresos, y agregó que el objetivo es inducir a que se registre al personal doméstico.
Consultado respecto de la apertura del nuevo registro, que surge de la ley de personal de casas particulares recientemente aprobada, el funcionario señaló que la semana próxima estará operativo el sistema para hacer el trámite por Internet.
También se publicó en el Boletín Oficial la resolución 3491, que reglamenta el funcionamiento de esas inscripciones y que otorga plazo hasta el 30 de junio para regularizar las relaciones laborales hoy existentes. A partir de ese sistema, quedarán identificados los empleadores, algo que hoy no ocurre.
Una vez pasada esa fecha tope para el registro, la AFIP hará el cruce de datos para las presunciones y notificará sobre su situación a las personas de altos ingresos que no tengan personal registrado.
En caso de que persista la falta de inscripción y sin mediar pruebas de que no existe una relación laboral, se determinarán aportes y contribuciones equivalentes a los que correspondan a un salario mínimo, vital y móvil, hoy de $2.875 mensuales. Según Sánchez, no habrá reclamos por eventuales deudas que podrían haberse acumulado por períodos previos.
"El tema de la presunción es sumamente grave y se está ampliando a cada vez más actividades. Y lo que hace es revertir la carga de la prueba", opinó al respecto el tributarista y profesor universitario Santiago Saenz Valiente, en entrevista con Radio Mitre.
"Es muy peligroso desde el punto de vista de los empleados y también por cómo se aplica la presunción en el punto de vista de una determinación de impuestos general. Lo lógico sería hacer una determinación sobre base real, con elementos documentales irrefutables para saber cuánto es el impuesto de determinado contribuyente", añadió.