Macri lanza a la calle inspectores para combatir la evasión en alquileres comerciales
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) saldrá a la calle para combatir la evasión que se registra entre los propietarios que alquilan locales.
Puntualmente, el organismo a cargo de Carlos Walter potenciará la implementación del Valor Locativo de Referencia (VLR). Esta herramienta permite establecer un monto orientativo para los alquileres de inmuebles y así avanzar sobre los "presuntos incumplidores".
A fin de tener una idea del monto que deja de recaudar el fisco porteño vale mencionar que la normativa vigente establece -como regla general- que en estos casos se debe aplicar un 0,50% en Sellos y un 1,5% en Ingresos Brutos.
Por lo tanto, un contribuyente que cobra como renta por su local $90.000 mensuales debe ingresar $450 del primer tributo y $1.350 del segundo, mes a mes.
Valor Locativo de ReferenciaLa AGIP explicó que "el VLR permite obtener un monto de referencia en el Impuesto de Sellos en los contratos de locación de inmuebles".
Según la normativa vigente, para determinar éste índice el organismo deberá considerar, entre otros factores:
- Su ubicación geográfica.
- La cercanía con centros comerciales y vías de circulación primarias y secundarias de acceso en los distintos barrios.
- La proximidad con equipamientos e instituciones que influyan en el desenvolvimiento del destino constructivo.
- Las características propias de la edificación y aquellos otros aspectos que, en virtud de sus competencias, tengan incidencia en el monto del alquiler.
"El valor locativo de referencia se actualizará anualmente", precisaron desde el fisco porteño.
Agentes encubiertosComplementeriamente, la AGIP avanzará sobre el domicilio de los presuntos evasores a través de los agentes encubiertos. Esto es así, ya que de acuerdo con la normativa vigente podrá declarar como fiscal aquel domicilio que surja en base a datos concretos, recolectados conforme a sus facultades de verificación y fiscalización.
Para que la avanzada sea válida, la autoridad tributaria porteña deberá constituir el nuevo domicilio de la empresa o particular de forma clara y precisa indicando "calle y número, agregando piso, número o letra del inmueble, cuando correspondiere".
En igual sentido, el organismo de recaudación de la Ciudad también implementó la figura del "agente encubierto" como una nueva herramienta para combatir la evasión.
En efecto, la reglamentación vigente "autoriza a los funcionarios a que actúen como compradores de bienes o servicios y constaten el cumplimiento por parte de los vendedores de la obligación de emitir y entregar facturas y comprobantes".
Además, vale mencionar que el accionar de los "agentes encubiertos" deberá "estar fundado en los antecedentes fiscales o en denuncias concretas que hagan presumir la existencia de indicios de la falta de entrega de comprobantes por parte de los vendedores".
Dado que la normativa vigente sobre emisión de facturas es confeccionada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se interpreta que el ejercicio de las nuevas funciones de "agentes fedatarios" por parte de los funcionarios del fisco porteño posibilitará compartir la siguiente información entre ambos organismos de recaudación:
- Las denuncias recibidas por la "no emisión de facturas", las cuales son realizadas por los consumidores finales a través de la línea gratuita 0800 y de la página web.
- La información sobre las "bases imponibles" del Impuesto al Valor Agregado y de Ingresos Brutos, o bien, del carácter de "pequeños contribuyentes" de los mismos.
- Los datos sobre los sujetos "excluidos" del Monotributo, por haber constatado que han superado los parámetros de ventas.
- La información sobre "depósitos en efectivo" en las cuentas bancarias de los proveedores de los comerciantes minoristas, lo cual constituye un claro indicador de la magnitud de las "ventas en negro" en la etapa minorista.
Servicios públicos
Para completar la avanzada, el fisco porteño decidió profundizar el seguimiento de los contribuyentes porteños "evasores" a través del cruce de datos vinculados con los gastos en agua, gas, luz y telefonía.
Se trata del régimen de información que pone la mira en los consumos públicos de las empresas porteñas. La nueva obligación apunta a descubrir a las compañías que tienen cifras elevadas en servicios públicos y evaden el pago de los impuestos municipales.
"No resulta raro encontrar personas jurídicas con facturas en servicios públicos que exceden $1.000 mensuales y que no se encuentran inscriptas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos", afirmaron desde la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
"La idea es ajustar el seguimiento y potenciar la detección de posibles evasores en los distintos tributos municipales", aseguraron.
Puntualmente, el régimen -que se encuentra en plena vigencia- obliga a las empresas de servicios a informar, respecto de sus clientes y usuarios, los siguientes datos:
- Nombre y apellido para personas físicas o denominación y razón social para personas jurídicas.
- Documento de identidad -tipo y número-.
- Número de CUIT, CUIL o CDI.
- Categorización frente al IVA.
- Domicilio en el cual se realiza el suministro del servicio y el código postal.
- Domicilio de entrega de la facturación -si lo hubiere-.
- Actividad económica declarada.
- Monto facturado por la provisión del servicio, durante el período informado -sin impuestos, tasas u otras cargas fiscales-.
- Datos especiales de cada tipo de servicio.
Estos puntos serán solicitados a los agentes de información mencionados y se excluye a los correspondientes a casas de familia.